Términos y Condiciones de Electronic Identification
Términos y Condiciones de Electronic Identification
Al marcar la casilla de aceptación y continuar con el proceso, está aceptando la aplicación de estos términos y condiciones en lo referente a los servicios de Electronic Identification, S.L. (eID de ahora en adelante).
Información sobe la identificación por video
Usted va a dar inicio a un proceso de video identificación, este proceso de conformidad con lo previsto en la normativa vigente en materia de prevención de blanqueo de capitales, conlleva la grabación de un video en el que se registrará su documento de identidad, asà como su cara. La finalidad de este procedimiento es el de identificarle, a través de un sistema a distancia con la finalidad de agilizar su proceso de alta como cliente con garantÃas jurÃdicas suficientes. La información que se registre como consecuencia de este proceso permitirá su consulta, análisis, verificación y comprobación. La información será tratada con el estricto respeto de la normativa vigente en materia de protección de datos y, más concretamente, de conformidad con nuestra polÃtica de privacidad, accesible en el enlace PolÃtica Privacidad.
Información sobre la firma electrónica
Mediante el presente documento solicito el certificado expedido por eID y declaro conocer y aceptar las condiciones de utilización adjuntas y la Declaración de Prácticas de Certificación (DPC de ahora en adelante) accesible en el enlace DPC. En este sentido, como firmante de este documento conozco y acepto Ãntegramente la DPC del Prestador de Servicios de Certificación; sin perjuicio, a continuación se exponen los conceptos básicos de la Declaración de Prácticas de Certificación: i) El objetivo de este documento de DPC es el de describir las polÃticas y buenas prácticas utilizadas para la provisión de servicios en la emisión y gestión de certificados electrónicos, tomando como referencia la legislación vigente en materia de firma e identificación electrónica, de comercio electrónico y de protección de datos de carácter personal. ii) eID se compromete y obliga, como Prestador de Servicios de Certificación a cumplir en relación con la gestión de los Datos de Creación y verificación de Firma y de los Certificados digitales las condiciones aplicables a la solicitud, expedición uso suspensión y extinción de la vigencia de los Certificados. iii) El documento recoge los detalles del régimen de responsabilidad aplicable a los miembros de la Comunidad Electrónica los controles de seguridad aplicados a sus procedimientos y a las normas de secreto y confidencialidad, asà como cuestiones relativas a la propiedad de sus bienes y activos, a la protección de datos de carácter personal y demás cuestiones de tipo informativo que considere interesante poner a deposición del público. Este documento estará disponible en su última versión en vigor y de forma pública en el siguiente enlace: DPC. Como firmante, voy a utilizar un certificado electrónico expedido por un tercero llamado eID, que en su condición de Prestador de Servicios de Certificación está en conformidad con lo previsto en la Ley 59/2003 de firma electrónica. Que se encuentra sometido a las siguientes condiciones de uso establecidas por eID como Prestador de Servicios de Certificación y aplicables al titular del certificado en su condición de usuario y firmante o custodio del certificado electrónico que va a ser emitido y resulta complementario a lo previsto en la Declaración de Prácticas de Certificación.
Usos de la firma electrónica
eID establece las limitaciones de uso oportunas en su declaración de prácticas de certificación y que son conocidas y aceptadas por el suscriptor. Sin perjuicio de lo anterior, las firmas electrónicas generadas por el uso de los certificados electrónicos en cualquier tipo de documento, tendrán la consideración de firmas electrónica avanzadas, de conformidad con lo dispuesto en el artÃculo 3.2 de la Ley 59/2003 de firma electrónica. No obstante lo anterior, el usuario al obtener el certificado electrónico se une a una comunidad de usuarios, que le permite mantener relaciones jurÃdicas con las personas fÃsicas y/o jurÃdicas que admitan los certificados emitidos por parte de EID. La admisión de los certificados electrónicos para la firma de documentos electrónicos por parte de las personas fÃsicas y jurÃdicas de la comunidad, puede ser revocado en cualquier momento, por lo que el usuario deberá utilizar el certificado para la firma de documentos cuando ello sea admitido por la persona fÃsica o jurÃdica que forma parte de la comunidad de usuarios. En consecuencia, es posible que el certificado sea admitido por un miembro de la comunidad para un único uso.
Procedimiento de registro y emisión/revocación/suspensión de firma electrónica
El procedimiento de registro, solicitud, emisión, revocación y, en su caso, suspensión de los certificados de firma electrónica se recoge en la DPC.